Se publica como se envio por correo electronico> Respecto de la promociòn que ofreciò el SAE, que consistìa en
> un muy atractivo descuento si pagabamos en una sola exhibiciòn,
> BUENO PUES ES FALSA, personalmente fui el lunes pasado a preguntar a
> la sede del SAE en Portales, y dijeron que habìa sido un error, de
> hecho ya no està en internet. El gancho es completo, primero
> llamè al nùmero màgico del SAE y dicen que uno no està en la base
> de datos, entonces te obligan a ir personalmente al SAE, ya en el SAE
> me dieron dos saldos diferentes, uno màs alto y otro màs bajo al
> que aparece como remanente en el cheque de la semana 40, el de la
> semana 41 no tenemos cheque, solo un pequeño voucher del banco donde
> dice que la citada semana està pagada. En resumen el SAE miente,
> ellos no pueden ni deben cobrar los remanentes del fondo de vivienda,
> ese es un fondo que de acuerdo con la Cl. 98 de CCT se constituyò a
> cambiò de no cotizar al INFONAVIT, el dato es el siguiente: la
> aportaciòn obligatoria de LEY del patròn es de aportar el 5% de la
> nòmina al INFONAVIT, si un trabajador es despedido o separado por
> cualquier causa y no ejerciò su programa habitacional, ademas de su
> liquidaciòn tiene derecho a que le reintegren la parte que le
> corresponda del fondo de vivienda, en comparaciòn con Luz y Fuerza
> el patròn se obligò a aportar el 15% bimestral de la nómina global
> incluyendo activos y jubilados, en consecuencia equivalìa al 7.5
> mensual. Por lo que si al momento de la liquidaciòn de Luz y Fuerza
> no se habìa ejercido la prestaciòn en la liquidaciòn se debiò
> cubrir la 66 milèsima parte del fondo que se constituye de manera
> independiente a la fecha de ingreso a laborar de cada trabajador.
> Por el contrario si se ejerciò la prestaciòn, con lo que restaba
> del fondo y las cuotas recuperadas hasta la semana 41 se debe cubrir
> el saldo, de esa diferencia el SAE està prorrateando los descuentos,
> solo que jurìdicamente no tiene personalidad para cobrar pues se
> reitera que el dinero no era de Luz y Fuerza, ni del Sindicato, si no
> de los trabajadores, en la Cl. 98 està muy claro el SME gestiona los
> tràmites de la prestaciòn y la empresa es la Administradora del
> fondo, no la dueña. Y en todo caso el saldo se debiò cobrar del
> monto de la liquidaciòn. Por qué no lo retuvieron del fondo de la
> liquidación, porque legalmente estaba impedido el SAE para hacerlo,
> porque lo hace ahora, para ver quien cae. Algo es un hecho el SAE
> puede demandar judicialmente el pago, SI, pero hay que ganarle
> demandando lo antes posible la liberaciòn de la hipoteca al propio
> SAE y/o LyFC en liquidación. El SAE està pidiendo que se le firme
> una carta compromiso en un plazo no mayor de 7 dìas hàbiles, para
> que al octavo dìa se le pague el 100% del saldo que ellos te dan, el
> cual para variar està erroneo, lo que nos toca a cada uno es iniciar
> el procedimiento legal por cuenta propia, es personal, no hay
> intermediariarios, de lo contrario antes de que cada quièn inicie el
> proceso legal que juzgue conveniente, no firmen nada de notificaciòn
> de adeudos del programa habitacional y tampoco depositen a los bancos
> y cuentas que aparecen en internet, un solo pago hace la veces de la
> figura jurìdica de "acto consentido", en otras palabras aceptan la
> deuda. Generosa pero burlonamente el SAE te da otra magnìfica
> salida, sigue pagando como lo venías hacien, toma el saldo de tus
> descuentos semanales màs las cuotas de los seguros de casa y de
> vida, multiplicalo por 4 y esa es tu mensualidad, aaaaah, pero cada
> cuatro meses debes aportar la misma cantidad que te descontaban de
> los ahorros, aquì viene otro grave problema que el super personal
> calificado del SAE no pudo responder, en cada ahorro, por contrato
> colectivo nosostros contabamos con un apoyo de 2/3 sobre la cantidad
> ahorrada, ahora quien te la va a financiar, NADIE, el sr. Lozano dijo
> que el proceso de liquidaciòn y todo lo relativo al cierre de Luz y
> Fuerza era en estricto apego al CCT, y luego? el personal del SAE
> simplemente argumentò, no sabemos nada de contratos colectivos, ni
> de leyes, nosotros somos empleados de otra empresa que le trabaja al
> SAE, por lo tanto solo le podemos informar que usted debe tanto y ya
> tiene vencidas varias semanas semanas de pago por que no aportó a
> ninguna cuenta autorizada, PREGUNTÈ, atrasadas? Por què? yo no me
> niego a pagar, ustedes debieron descontar de la liquidaciòn dichas
> sumas. Simplemente no supieron que contestar. Curiosamente si
> estàn otorgando la Forma 37 de la SHCP para ajustar la devoluciòn
> del impuesto, porque curiosamente para liquidarnos tomaron en cuenta
> un salario muy bajo, y para retenernos el impuesto tomaron en cuenta
> el salario integrado incluyendo percepciones no grabables, pregunta a
> tu contador de confianza y tramita la F37 en el mòdulo del SAE, para
> que Hacienda te devuelva una importante cantidad que està a tu
> favor, esto es muy independiente de quien ha presentado solicitud de
> aclaración sobre saldos por errores en el cálculo de la
> liquidaciòn, saldos en programa habitacional, o tràmites de
> jubilaciones, demandas, pensiones alimenticias, y otros conceptos a
> los que legalmente seguimos teniendo derecho. ADEMÁS DE LOS
> COMENTARIOS DE J REY BRUGADA, QUIERO ANEXAR A ELLOS LO SIGUIENTE:
> I.- DESDE EL CCT DE 1936-1938, SE REALIZABA LA PRESTACIÓN DE
> PROGRAMA HABITACIONAL MEDIANTE LA CLÁUSULA 63 EN SU FRACCIÓN II,
> INCISOS 2,3 Y 5, DONDE SEÑALABA QUE SE PRESTARIA A TRABAJADORES A
> CUENTA DE SU COMPENSACIÓN DE ANTIGÜEDAD (CLÁUSULA 62) EL 30%, 40%
> Y 60 % PARA COMPRA DE CASA O TERRENO, CONSTRUCCIÓN, REFORMA,
> REPARACIÓN O MEJORAS EN SUS CASAS HABITACIÓN . ASÍ SIGUIO ESTÁ
> CONDICIÓN HASTA EL CCT DE 1958-1960. II.-PARA EL CCT 1960-1962, SE
> MODIFICABA ESTÁ CONDICIÓN PRINCIPALMENTE POR SER LA FUENTE
> FINANCIERA EN PRIMER TÉRMINO UNA INSTITUCIÓN BANCARIA, QUIEN ERA LA
> QUE PRESTABA EL DINERO Y EL AVAL ERA LFC Y ASOCIADAS, ES DECIR EL
> TRABAJADOR PAGABA EL COSTO DEL TERRENO DONDE SE CONSTRUIRÍA LA CASA
> MEDIANTE EL MONTO DE SU COMPENSACIÓN POR ANTIGÚEDAD Y EL REMAMENETE
> , SI LO EXISTIERA, SE DESCONTABA POR PARTE DE LA EMPRESA EN UN PLAZO
> DE MÁXIMO DE 10 AÑOS. PARA LA CONSTRUCCIÓN DE LA CASA SE FIRMABA
> UNA HIPOTECA CON UN BANCO, PUDIENDO SER EL BANCO DE LONDRES Y
> MÉXICO, QUIEN TENÍA EL DERECHO DE APROPIARSE DE LA CASA EN CASO DE
> NO PAGAR EL TRABAJADOR, COSA IMPOSIBLE PUES LFC Y ASOCIADAS,
> DESCONTARÍAN SEMANALMENTE Y EN LOS AHORROS EL ADEUDO CONTRAÍDO.
> SIENDO CLAROS EN ESTO, PUES ERA CON INTERESES QUE LLEGABAN AL 11%
> ANUAL, ES DECIR SI PRESTABA EL BANCO SUMAS DE $72,580.62 , EL
> TRABAJADOR PAGARÍA DE INTERESES EN EL PLAZO $ 52,403.00; TENIENDO
> UN ADEUDO TOTAL DE $ 124,983.62 A UN PLAZO DE 10 AÑOS. PARA OBTENER
> ESTE CRÉDITO EL TRABAJADOR DEBERÍA PERTENECER A LA ASOCIACIÓN
> "HOGAR ELECTRICISTAS A.C." QUE SE HABÍA FORMADO EN EL SME. QUIZÁS
> MUCHOS DE NOSOTROS CRECIMOS EN ESTAS CASAS DE PRESTAMOS QUE
> OBTUVIERON NUESTROS PADRES Y SERÍA CONVENIENTE QUE SE ALIEMNTÁRA
> MÁS ESTÁ INFORMACIÓN AL PREGUNTARLE A ELLOS ,SI VIVEN. III.-PARA
> EL CCT 1976-1978 SE CONSIGUE INTEGRAR POR PRIMERA VEZ EN LA
> CLÁUSULA 98 LA FRACCIÓN V INCISOS a,b,c,d,e,f,g,h, EN DONDE SE DICE
> "V.‑ PRESTAMOS.‑ Como complemento a la prestación que se consigna
> en esta Cláusula, y con la finalidad de contribuir a resolver el
> problema de la habitación de los miembros del Sindicato,
> trabajadores de estas Compañías, de acuerdo con lo dispuesto en la
> fracción Xll del Articulo 123 Constitucional, Apartado "A" y de la
> Leyes y Reglamentos relativas, se establece un sistema de
> financiamientos, individual o colectivamente, para la adquisición,
> construcción, reforma, ampliación o reparación y acabados de casas
> habitación; compra de terreno para posterior construcción en el
> mismo, de la casa habitación del trabajador; y liberación de
> gravámenes hipotecarios, constituidos sobre casas adquiridas por los
> trabajadores" ASÍ MISMO EN EL INCISO a) DICE "a).‑ Monto Total de
> Los Préstamos.‑ A partir de la vigencia de este Contrato, se crea
> un fondo constituido por el 5% (cinco por ciento) de los salarios de
> nómina de sus trabajadores de planta y las cuotas de jubilación de
> sus jubilados". EN SU INCISO b) MENCIONA EL PORCENTAJE DE LA
> COMPENSACIÓN POR ANTIGÜEDAD "b).‑ Monto individual de los
> Préstamos.‑ Será hasta de tres veces su compensación por
> antigüedad a la fecha del cálculo." Y EN EL INCISO e) SEÑALA:
> "e).‑ Plazo.‑ En todos los casos los préstamos serán cubiertos
> en un plazo no mayor de diez años". ES DECIR, EN EL CCT 1976-1978 SE
> CREA EL FONDO DE PROGRAMA HABITACIONAL POR LOS TRABAJADORES Y NO POR
> EL GOBIERNO FEDERAL, HACIENDOLO REVOLVENTE. PARA EL CCT 1990-1992 SE
> AMPLÍA EL PERÍODO HASTA 15 AÑOS, Y SE AMPLIA EL MONTO INDIVIDUAL
> DE LA COMPENSACIÓN HASTA 12 VECES. EN CONCLUSIÓN, EL PRÉSTAMO DE
> PROGRAMA HABITACIONAL ES DE LOS TRABAJADORES Y NO FUE UN PRÉSTAMO
> DEL GOBIERNO FEDERAL, HOY LO QUIERE COBRAR EL SAE SIENDO UNA
> IRREGULARIDAD A TODAS LUCES, NO DIBIENDO PAGARSE AL SAE. LO POCO
> ENTENDIBLE DE TODO ESTO ES QUE NI ALEJANDRO MUÑOZ , NI JORGE SANCHEZ
> HAN DICHO ALGO CONCRETO, SÓLO QUE POR UNA PARTE ALEJANDRO MUÑOZ
> SEÑALA QUE SI SE TIENE UN ADEUDO HAY QUE PAGAR, Y POR OTRA JORGE
> SANCHEZ QUE NO SE PAGUE; MART´N ESPARZA NI A TOCADO EL ASUNTO. LOS
> TRES NO DAN UNA EXPLICACIÓN CONCRETA Y SIN EMBARGO, DONDE ESTÁ ESE
> FONDO QUE SEGÚN CIFRAS HACIENDE A MÁS DE 13,500 MILLONES DE PESOS, Y
> EL ADEUDO QUE TENEMOS TANTO ACTIVOS ( DESEMPLEADOS) COMO JUBILADOS
> POR MÁS DE 12,500 MILLONES DE PESOS. ES DECIR EXISTE UN SOBRANTE DE
> 1,000 MILLONES; EN CASO DE QUE TANTO ACTIVOS COMO JUBILADOS
> ACORDARAMOS LIQUIDAR EL ADEUDO DE PROGRAMA HABITACIONAL CON EL FONDO
> EXISTENTE. EL SOBRANTE PUDIERA UTILIZARSE PARA LO QUE FUE CREADO, Y
> QUE LOS JUBILADOS PARTIERAN DE AHI PARA SEGUIR ALIMENTANDO EL FONDO
> PUES A ELLOS LES SIGUEN DESCONTANDO, SITUACIÓN JUSTA PARA TODOS. SIN
> EMBARGO ¿EL SAE TENDRÁ EL DINERO DEL PROGRAMA HABITACIONAL O SE LO
> GASTO PARA PAGAR A LOS CONTRATISTAS DE CFE Y PARA LA OPERACIÓN DE LA
> MISMA CFE? REFLEXIONEMOS Y UNAMONOS PARA NO DEJAR QUE NOS SIGAN
> ATRACANDO, GOBIERNO,SEUDOLÍDERES Y NOSOTROS MISMOS. SALUDOS
Alberto Martinez Ramirez